

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Loja ha decretado la apertura de juicio oral contra dos personas acusadas de alimentar a una serpiente pitón con crías vivas de perros y gatos, según consta en un auto emitido por este órgano judicial el pasado mes de marzo, al que ha tenido acceso IDEAL.
La resolución, que considera que el caso debe ser enjuiciado en un juzgado de lo Penal, especifica que la fiscalía solicita un año de cárcel para los acusados, que acabaron en los juzgados después de ser denunciados por una asociación protectora de animales de la provincia ante la Guardia Civil. Se trata de la Asociación Animalista Montes Orientales, que está personada en la causa como acusación popular y representada por el abogado Aritz Toribio.
Este asunto saltó a los medios en marzo del año pasado. En una nota informativa, la Oficina de Prensa de la Comandancia de la Guardia Civil de Granada (OPC) informaba entonces de que se había puesto a disposición judicial a una joven vecina de Loja como supuesta autora de un delito de maltrato animal, al alimentar a su reptil con cachorros vivos.
Los hechos salieron a la luz cuando la mujer puso a la venta en un portal de internet al animal: una serpiente pitón real 'Phyton regius', «de unos cinco años y un metro y medio de longitud». El anuncio incluía la fotografía que acompaña esta noticia, donde se observa a la serpiente enroscada alrededor de un cachorro de perro.
Ante ello, la referida asociación protectora de animales se puso en contacto con la vendedora interesándose por el anuncio, «y esta admitió que la alimentaba con cachorros de perro y gatos pequeños, así como con algún pájaro». Inmediatamente después la asociación denunció los hechos ante la Guardia Civil. En el marco de su investigación, los agentes del Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil de Granada (Seprona) localizaron a la persona que había puesto el anuncio en el portal de internet, quien «admitió ante los instructores la conversación que había mantenido con un supuesto comprador». El caso aterrizó entonces en el citado juzgado lojeño, dando lugar a la causa penal, que se encuentra pendiente de que se ponga fecha al juicio oral.
En su escrito de conclusiones provisionales, al que ha tenido también acceso este diario, el ministerio público acusa a esta mujer y a un hombre como «poseedores» de la serpiente que salía en el anuncio. Ambos, que según el fiscal actuaron «de común acuerdo y guiados por el ánimo de menosprecio hacia la vida de los animales», presuntamente proporcionaban «cachorros de perros y gatos vivos, así como pájaros vivos para su alimentación».
El escrito de acusación recuerda que con su acción, los acusados provocaban a esas crías «la muerte de forma cruel, gratuita e injustificada». Es más, recoge expresamente una descripción de la foto que aparecía en el portal de compraventas, en la que se podía observar cómo se causaba a un perrito «un sufrimiento gratuito e injustificado».
Además de la pena de prisión, la fiscalía reclama que ambos acusados sean inhabilitados para «el ejercicio de profesión, oficio, o comercio que tenga relación con los animales y la tenencia de animales por tiempo de tres años».
Por su parte, la acusación popular que ejerce la Asociación Animalista Montes Orientales denuncia la «indefensión» que a su juicio se les ha originado en la causa al no haberse incluido los cargos que ha formulado como parte acusadora en el auto de apertura de juicio oral. La razón es que el juzgado, según la asociación, inadmitió su escrito de conclusiones provisionales al entender que había sido presentado fuera de plazo. Ante ello, el colectivo pidió sin éxito la «nulidad» de las actuaciones.
Fuentes del Tribunal Superior de justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla (TSJA) confirmaron a este diario que no se admitió el escrito de acusación de la asociación Montes Orientales porque fue presentado «fuera de plazo». Existe no obstante, según estas fuentes, un recurso que el juzgado ha remitido a la fiscalía para que alegue lo que estime oportuno, tras lo que se resolverá.
Si el juzgado no ha accedido a la petición de nulidad ha sido, según el TSJA, «porque al tener la posibilidad de recurrir la decisión de rechazar su escrito no cabe esta petición». En cualquier caso, la asociación podrá participar en el juicio y adherirse a las peticiones de pena o a las peticiones de pruebas de la fiscalía.
En su calificación, el colectivo reclama un año y 10 meses de cárcel y cuatro años de inhabilitación «para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales». Recuerda que para la alimentación «normal y legal» de una pitón de este tipo se compran animales (roedores) «que pueden venir envasados al vacío, muertos y congelados, con los protocolos de no sufrimiento animal y por empresas legalmente constituidas para ello».
Sin embargo, según sostiene la asociación, en los años 2016 y 2017 los investigados, supuestamente, alimentaron a su serpiente con crías vivas de otros animales, lo que «denota una falta de sensibilidad deleznable» hacia estos seres vivos, «y en especial hacia aquellos que son domésticos, que además son mamíferos capaces de sufrir y son titulares de derechos y de protección autónoma por parte del derecho penal».
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